¿Quiénes se encuentran obligados a presentar declaración de situación patrimonial ante la Contraloría Municipal del H. Ayuntamiento de Puebla?

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 82 fracción VI y su último párrafo de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla; así como lo establecido en la circular número 001/2015, de fecha 14 de enero del 2015, signada por la Maestra Luz María Aguirre Barbosa, Contralora Municipal, se señala que son sujetos obligados a presentar DECLARACIÓN PATRIMONIAL en sus diversos tipos (Inicial, Modificación o Conclusión) ante la Contraloría Municipal, los servidores Públicos de la Administración Pública Municipal con cargos o puestos de:

Titular de la Secretaría de Seguridad Pública y Tránsito Municipal;

Contralor;

Tesorero;

Secretario de dependencia;

Coordinadores generales;

Administrador general;

Director de la Secretaría de Seguridad Pública y Tránsito Municipal;

Director;

Subcontralor;

Secretario Particular de Presidente;

Asesor;

Magistrado Presidente;

Jefe de departamento;

Presidente de Junta Auxiliar;

Encargado de despacho;

Encargado de área;

Coordinador administrativo;

Enlace administrativo;

Analista consultivo A;

Secretario particular;

Secretario técnico;

Delegado; y

Magistrado Representante.

 

Asimismo, todo aquel servidor público que tenga personal a su cargo o desempeñe una o más funciones de tipo dirección, supervisión, inspección, auditoría, fiscalización, procuración y administración de justicia y en general, quienes manejen, recaudeno administren fondos y recursospúblicos federales, estatales o municipales. Sin importar el puesto nominal, dicha obligación, considera a quienes desempeñen las siguientes funciones:

 

Juez Calificador;

Secretario de Juzgado;

Alcaide;

Supervisor;

Inspector;

Auditor;

Administrador de mercado;

Miembros propietarios, secretario y tesorero de las juntas auxiliares;

Cajeros;

Coordinadores Técnicos; y

Coordinadores Especializados.

 

De igual forma, todos aquellos que tengan el puesto nominal de: elementos de Policía, Oficial, Suboficial y quienes realicen funciones de policías de tránsito; y todo el personal de base, honorarios y confianza de la Contraloría Municipal.

 

Cabe señalar que los cargos antes señalados son enunciativos y no limitativos.

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