Viernes, 30 Enero 2015 17:26

Quienes la deben presentar

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¿Quiénes se encuentran obligados a presentar declaración de situación patrimonial ante la Contraloría Municipal del H. Ayuntamiento de Puebla?

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 82 fracción VI y su último párrafo de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla; así como lo establecido en la circular número 001/2015, de fecha 14 de enero del 2015, signada por la Maestra Luz María Aguirre Barbosa, Contralora Municipal, se señala que son sujetos obligados a presentar DECLARACIÓN PATRIMONIAL en sus diversos tipos (Inicial, Modificación o Conclusión) ante la Contraloría Municipal, los servidores Públicos de la Administración Pública Municipal con cargos o puestos de:

  • Titular de la Secretaría de Seguridad Pública y Tránsito Municipal;
  • Contralor;
  • Tesorero;
  • Secretario de dependencia;
  • Coordinadores generales;
  • Administrador general;
  • Director de la Secretaría de Seguridad Pública y Tránsito Municipal;
  • Director;
  • Subcontralor;
  • Secretario Particular de Presidente;
  • Asesor;
  • Magistrado Presidente;
  • Jefe de departamento;
  • Presidente de Junta Auxiliar;
  • Encargado de despacho;
  • Encargado de área;
  • Coordinador administrativo;
  • Enlace administrativo;
  • Analista consultivo A;
  • Secretario particular;
  • Secretario técnico;
  • Delegado; y
  • Magistrado Representante.

 

Asimismo, todo aquel servidor público que tenga personal a su cargo o desempeñe una o más funciones de tipo dirección, supervisión, inspección, auditoría, fiscalización, procuración y administración de justicia y en general, quienes manejen, recaudeno administren fondos y recursospúblicos federales, estatales o municipales. Sin importar el puesto nominal, dicha obligación, considera a quienes desempeñen las siguientes funciones:

 

  • Juez Calificador;
  • Secretario de Juzgado;
  • Alcaide;
  • Supervisor;
  • Inspector;
  • Auditor;
  • Administrador de mercado;
  • Miembros propietarios, secretario y tesorero de las juntas auxiliares;
  • Cajeros;
  • Coordinadores Técnicos; y
  • Coordinadores Especializados.

 

De igual forma, todos aquellos que tengan el puesto nominal de: elementos de Policía, Oficial, Suboficial y quienes realicen funciones de policías de tránsito; y todo el personal de base, honorarios y confianza de la Contraloría Municipal.

 

Cabe señalar que los cargos antes señalados son enunciativos y no limitativos.

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